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El 12 de junio realizamos una entrevista exclusiva con Leonardo Costa, para conocer el reciente Decreto de las nuevas condiciones y flexibilización fiscal del Uruguay. Estos fueron los puntos principales:
“Ha habido una avidez increíble”
“Yo no he parado en todo el día de hablar por teléfono con colegas argentinos, con inversores. La verdad, obviamente hay una gran avidez. Yo creo que va a impactar favorablemente, sobre todo en aquellos individuos que realmente quieren tomar el paso de irse de Argentina, es decir dejar de ser residentes fiscales allí. Esto puede ser un puntapié importante, dado que haber bajado los montos de inversión, sin duda para mí va a canalizar un montón de inquietudes. Puede llegar a ser, en este momento, el puntapié ese que faltaba para que la gente diga «Uruguay está cambiando».”
“Yo creo que además de este decreto, que sin duda es un decreto importante y trascendente, hay otra cosa que los colegas argentinos me decían ahora, que sus clientes están viendo respecto de Uruguay, y es el nuevo clima de inversión que se ha generado. El nuevo gobierno ha generado expectativas sobresalientes en gente que, en Argentina, tiene una visión un poco diferente a esta. Entonces es un combo de cosas que me parece que están ayudando. Yo creo que hoy por hoy, para Punta del Este en particular y para Uruguay en general, se nos abre una oportunidad que si la sabemos tomar, que si sabemos darle las posibilidades a ese inversor, ayudándolo a que los trámites no sean un calvario. Ayudándolo a que los costos además no sean excesivos, canalizando todo eso.”
Los detalles del decreto de flexibilización fiscal
“La inversión necesaria pasa de 1.5 millones a 370, 380. O sea, es un cambio enorme, menos de un tercio. La residencia básica sigue siendo 183 días. Los test de residencia van en degradé, el primer test es la mitad del año más uno. Es decir, si yo estoy 183 días en Uruguay, paso a ser residente fiscal sin discusión, por que si estoy acá 183 días, dejo de estar 183 días en otro país, mayoritariamente tengo residencia en Uruguay y esto también lo dice el tratado con Argentina.
Después el segundo escalón es: tengo mi familia en Uruguay, tengo a mis hijos, los mando al colegio, tengo al cónyuge y viven acá. Si tengo eso, fantástico. El tercer caso es: tengo más rentas en Uruguay de lo que tengo en el resto del mundo. Y el cuarto test, que es este de los intereses económicos. Es decir, no cumplí ninguno de los otros, pero de pronto puedo demostrar que tengo un inmueble, ahora por el valor de 370 mil dólares y en ese caso se me exigen los 60 días de residencia. Si yo ya tengo un inmueble y a partir del primero de julio del 2020 estoy esos 60 días, yo podría aplicar por ejemplo en septiembre, diciendo que tengo un inmueble y que estuve los 60 días.”
¿Qué pasa en el caso de los argentinos?
“Si yo me compro un inmueble en Uruguay, estoy los 60 días, pero sigo teniendo a mis hijos en el colegio en Argentina y la AFIP demuestra que yo en realidad tengo residencia fiscal en Argentina, yo puedo tener doble residencia. Pero a los efectos del tratado que tenemos con Argentina, Argentina va a considerar que el principal nexo, que es el de la familia en este caso, va a estar en Argentina. Yo no dejo de destacar la importancia de este decreto, pero para que esto sea 100% efectivo y yo me vaya de Argentina tributariamente, tengo que tomar otras decisiones adicionales.”
¿Cómo es la tributación en Uruguay?
“Si desarrollás una actividad empresarial fuera de Zona Franca, vas a ir al 25% de la renta neta, más el 7% de dividendos. Si desarrollás una actividad en Zona Franca, no tenés impuestos de ese tipo. Si tu inversión es una inversión en bienes de capital, suponiendo que vivís ya de los dividendos o intereses que tenés en el exterior, acá en Uruguay, por lo pronto como nuevo residente vas a pagar 0 por la exoneración fiscal de los 5 años, que se extenderá a 10.
Si sos empleado, depende de donde trabajes. Si trabajás en Zona Franca y sos un extranjero, vas a ir al 12% sobre tus rentas de trabajo. Si trabajás como dependiente en Uruguay, vas a ir a la alicuota del 10 al 36, según cuál sea tu actividad. Para esto hay un montón de herramientas interesantes, para de pronto, tributar más óptimamente si llegaras a la alicuota del 36.”